Subsidios por Incapacidad permanente

Es un acompañamiento económico que se brinda en caso de invalidez o incapacidad permanente declarada por la C.C.S.S. o el I.N.S., la persona colegiada podrá recibir un subsidio equivalente al 65% del salario mínimo de un periodista del sector privado, según publicación realizada por el Consejo Superior de Salarios vigente al momento del evento, siempre y cuando no haya sido beneficiario del subsidio por incapacidad temporal sobre la misma dolencia o enfermedad.

Para realizar la solicitud debe anexar los siguientes documentos:

  • Fotocopia de la cédula de identidad de la persona colegiada.
  • Copia sin excepción y original de las boletas de incapacidad, en el orden cronológico respectivo.
  • Carta dirigida al Consejo de Administración detallando la situación

Una vez dado el suceso la persona colegiada cuenta con 6 meses máximo para hacer la solicitud de revisión para la obtención del subsidio.

Debe estar al día en todas las obligaciones con el COLPER al momento de ocurrir el suceso, tener al menos 1 año de colegiatura, No haber sido suspendida, inactivada o retirada su colegiatura en los seis meses anteriores a la solicitud del subsidio.

Para mayor información contáctenos al 2233-6440.

No se tramitarán solicitudes incompletas o que no cumplan con los requisitos estipulados.

Autorizo al Colegio de Periodistas de Costa Rica, a que los datos suministrados en esta solicitud sean verificados e investigados para confirmarlos. Al encontrar alguno que no tenga veracidad, doy por anulada mi solicitud, a su vez, doy fe que conozco y acepto las disposiciones contenidas en el Estatuto y su Reglamento.